Por lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA Y admite los hechos alegados por la ciudadana HAMNILET YUNILDA MORENO HERNANDEZ condenándose a la empresa demandada ASOCIACION COOPERATIVA RYHEL, R.L. a pagar la cantidad de TREINTA Y UNO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 10/100 (Bs. 31.239,10 ) .