Por todas y cada una de las razones que anteceden este Tribunal PRIMERO DE DE LOS MUNICIPIOS MATURÍN, AGUASAY, SANTA BARBARA Y EZEQUIEL ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, de conformidad con los artículos 12 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil, declara CON LUGAR la acción intentada y en consecuencia de ello disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos: DORCA MARIA BRITO BUCARITO Y ALFREDO RAFAEL LEZAMA BLANCO anteriormente identificados, según Matrimonio Civil celebrado por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Maturín, Estado Monagas, en fecha 28 de Enero del año 1982, según consta de acta de matrimonio que acompaña en copia certificada, marcada con la Letra "A", Libro 2, Tomo 1, Folios 87 al 89, de los libros respectivos llevados por ese Registro durante el año antes indicado.-
Por cuanto los solicitantes manife.....