DISPOSITIVA.
En base de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LAURIMAR NIEVES, arriba identificada, contra la empresa mercantil GRUPO LA 49, C.A, por cobro de prestaciones sociales.
SEGUNDO: se condena a la demandada GRUPO LA 49, C.A, a pagar a la parte actora la cantidad de VEINTICINCO MIL QUINIENTOS VEINTIDOS BOLÍVARES CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs.F.25.522,67), por concepto de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación indicada en la parte motiva de la presente decisión, además de lo que arroje la experticia complementaria ordenada en el presente fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas para la parte demandada, .....