Vista la solicitud presentada por la ciudadana, EDA MAGDALENA ZORRILLA DE BORGES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-5.899.187, asistida en este acto por el abogado en ejercicio RAFAEL RAMIREZ SILVA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro 81.977; en la que solicita le sea decretado título suficiente de propiedad sobre unas bienhechurías fabricadas a sus propias y únicas expensas, en un terreno propiedad municipal ubicadas en la Urbanización Manuelita Sáenz Calle 09, Casa Nº 41, en la ciudad de Cagua, Municipio Sucre del Estado Aragua, identificada con el N° Catastral 051301-421719, con un área de terreno de ciento cuarenta y cuatro con setenta y cuatro metros cuadrados (144,74 m2) y un área de construcción de cuarentena y nueve metros cuadrados (49,00 m2), con las medidas y linderos siguientes: Norte: con casa Nº 43, inmueble identificado con el Nº 01-U-42-17-20 en quince con cincuenta y ocho metros (15,58 mts); Sur: con casa Nº 39, inmueble identific.....