Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de regulación de competencia ejercido por la ciudadana abogada BLANCA NIEVES ROJAS.
Segundo: COMPETENTE al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION, EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, que resulte competente, para continuar conociendo de la presente causa con motivo del juicio de Resolución de Contrato de Opción de Compra Venta, incoado por el ciudadano PEDRO CARVALHO DE SOUSA contra los ciudadanos JESUS ALEXANDER PEREZ PEREZ, ROSKARLI GABRIELA PEREZ E.....