Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal, actuando de conformidad con el artículo 189 del Código Civil, en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; Decreta la conversión de la separación de cuerpos en Divorcio de los ciudadanos NATALIE CRISTINA ASTORGA VILANOVA y TOMÁS ANDRÉS VÁSQUEZ ESTRELLA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-14.021.320 y V.-11.736.165, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, el cual habían contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Leoncio Martínez del Municipio Sucre del estado Miranda, en fecha 16 de febrero de 2007, según Acta Nº 020, que cursa en el libro correspondiente a matrimonios que se lleva en ese Registro. ASI SE DECIDE.
En cuanto a la solicitud de copias certificadas, este Tribunal las acuerda de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 de.....