En mérito de lo que antecede este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Penal del Estado Monagas, En Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR para el presente momento procesal la solicitud de la Defensora Pública Octava Penal de extender las presentaciones de la imputada YUSMARY JOSEFINA QUIJADA, venezolana, mayor de edad, soltera, hija de Lucía Romero y de Jesús Quijada, con quinto año de instrucción básica, nacida en Barranca del Orinoco, titular de la cédula de identidad N° 11.210.222, domiciliada en el Sector Campo Obrero, Urbanización Antonio José de Sucre, cerca del Tecnológico de Barranca; por cuanto deberá presentarse ante el Alguacilazgo de este Circuito Penal cada TREINTA (30) DÍAS, de conformidad con los artículos 244, 246 y 264 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese la presente decisión. Particípese mediante oficio a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial. Líbrese lo conducente. Regí.....