Como corolario de lo expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el presente procedimiento de Restitución de Custodia, formulada por la ciudadana PETRA IMELDA HERNÁNDEZ, Fiscal Décima Segunda del Ministerio Público, a favor de la ciudadana MILEIVY DAYANNA AMAYA CARRASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.343.648, en contra del ciudadano YUGER ENRIQUE COLLANTE VELÁSQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.088.777. En consecuencia, se ORDENA el cierre y archivo del presente asunto.