Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La Inadmisibilidad de la demanda presentada por el ciudadano LEONCIO FIDEL ABREU, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 78.835, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OMAR JOSE LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.200.771 en contra de la Entidad de trabajo REPRESENTACIONES MARIITA C.A.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.