Por los razonamientos que fueron expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se DECLINA LA COMPETENCIA del conocimiento de la presente acción de Amparo Constitucional que interpuso el ciudadano CARLOS BRICEÑO VASQUEZ, contra LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO MIRANDA, con adscripción al Poder Público Municipal, a un Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. En consecuencia, se ORDENA la inmediata remisión del expediente en su totalidad al Juzgado distribuidor correspondiente para esta fecha, para que conozca en primera instancia, de la presente causa, en la forma en que se dispuso en esta decisión.