PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, sustentada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada el 13 de marzo de 2018, por los ciudadanos MAIRA ALEJANDRA GUERRA DANGON y LUIS MIGUEL MENDOZA ZULETA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.394.377 y V- 19.392.190, respectivamente; asistidos por la profesional del derecho MARY CARMEN CASTILLO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.411.030 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 120.758.-
SEGUNDO: Consecuente con lo decidido, se declara DISUELTO EL MATRIMONIO contraído el 28 de octubre de 2011, por los ciudadanos MAIRA ALEJANDRA GUERRA DANGON y LUIS MIGUEL MENDOZA ZULETA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 15.394.377 y V- 19.392.190, respectivamente; por ante el Registro Civil de la Parroquia Macarao del Municipio Libertador del Distrito Capital,.....