DISPOSITIVO
En mérito de los precedentes razonamientos, este Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
- PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar por el ciudadano: RAFAEL DOMINGUEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 71.191, actuando en este acto como Apoderado Judicial del Ciudadano: ERNESTO RAMÓN MARTINEZ FERRER, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad N°: 4.172.345, carácter que consta según Instrumento debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Segunda del Municipio Maturín del Estado Monagas en fecha 29 de Julio de 2009, anotado bajo el N°: 62, Tomo 119.-
- SEGUNDO: En consecuencia se decreta la Medida de Prohibición de Enajenar sobre: vivienda ubicada en la Urbanización El PARQUE, Calle 02, Manzana 3, casa 09, de esta Ciudad de Maturín del Estad.....