Con fundamento en los Artículos 2, 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, así como por los razonamientos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA: FIRME EL DECRETO DE INTIMACIÓN dictado en este proceso el día dieciocho (18) de Octubre de 2011, y como consecuencia de ello, se condena a la demandada ciudadana MIDIAN CELESTINA GARCIA AGUILAR, a pagar a la parte demandante ciudadano EDUARDO JAVIER HERNANDEZ, ambos identificados en el encabezamiento de esta decisión: 1) La cantidad de: DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 240.000,oo) que es el monto total contenido en las letras de cambio. 2) La cantidad de: SEIS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs. 6.169,oo) por concepto de intereses de mora y 3) La .....