EstaSala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con base a lo establecido en artículo 27 de la Convención de los Derechos del Niño, 75 y 76 de la Constitución, 30 y 374 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, declara CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN intentada por la ciudadana YADILIS MARIA GARCIA MENESES, en representación de los derechos de su hijo arriba identificado, contra el ciudadano ALBERTO JOSE NUÑEZ MENESES, plenamente identificados; y en consecuencia se condena al obligado alimentario a cancelar la suma adeudada, discriminados de la siguiente manera: así como la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON VEINTIDOS CENTIMOS (Bs. F 5.580,22) correspondiente la cantidad de CINCO MIL SETENTA Y DOS BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 5.072,93), a las mensualidade.....