Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos, CARMEN ELENA PEÑA BOLÍVAR Y JESÚS MANUEL RAMÓN GUERRERO NAVARRO, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-4.542.699 y V-5.278.637 respectivamente. En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante la Prefectura José Antonio Páez del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 17 de marzo de 1978, según Acta de Matrimonio asentada bajo el Nº 196, Tomo II, Año 1978 de los libros de Matrimonio llevados por dicha Prefectura.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia en el archivo del Tribunal.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en.....