PRIMERO: Este Tribunal de declara competente para conocer de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 Del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta la detención como Flagrante; de conformidad con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se acuerda la aplicación del procedimiento Ordinario; de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal. CUARTO: Se niega la solicitud de la defensa privada en cuanto a que este Tribunal se aparte de los delitos precalificados y acoge la precalificación Fiscal por los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte De La Ley Orgánica De Drogas, para el ciudadano KENNY ANTONIO ARIAS CONTRERAS, POSESION DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el articulo 111 concatenado con el articulo 3 numeral 4 De La Ley Para Desarme Y Control De Armas Y Municiones para el ci.....