Por los razonamientos antes expuestos, sin más dilación, procede este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a Declarar: CON LUGAR, la querella que por Interdicto Restitutorio, incoara el ciudadano JOSE ZABALETA, en contra de la ciudadana VENUS LEDEZMA, ya identificados.
En consecuencia, se acuerda la restitución de la posesión al ciudadano José Rafael Zabaleta Mata, la cual se trata de un bien inmueble, ubicado en la Urbanización Santa Fe, Calle 2, Casa N° 52; Sector La Línea, Maturín Estado Monagas; alinderada de la manera siguiente: Norte: con calle 2; Sur: con parcela N° 61; Este: con área de servicio y Oeste: con parcela N° 53; igualmente, se ordena levantar la medida de secuestro decretada y materializada 06/10/08, una vez adquiera el fallo el carácter de definitivamente firme.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, por haberse dictado el fallo fuera del lapso legal correspondiente.
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