Decisiones del dia 12/06/2006
N° Expediente :
06-9776
N° Sentencia :
Fecha: 12/06/2006
Procedimiento: Amparo Constitucional
Partes: INVERSIONES 31.995, C.A. CONTRA EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Resumen:
IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE, la pretensión de Amparo Constitucional interpuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES 31.995, C.A., representada por el abogado JOSE MASSA GONZALEZ, contra la decisión proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas en fecha 18 de abril de 2006.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Se ordena expedir copias certificadas de la presente decisión, a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, de las cuales una de ellas se remitirá al Juzgado a quo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
.....
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
AP21-l-2005-1307
N° Sentencia :
Fecha: 12/06/2006
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Beneficios
Partes: RENNY ZAMBRANO VS. CONSORCIO ASCONA C.A. Y DISTRIBUIDORA DE PAPELERIA ARTE Y DIBUJO ADELANTE C.A.
Resumen:
Parcialmente con lugar la demanda incoada por RENNY ZAMBRANO contra CONSORCIO ASCONA C.A. y DISTRIBUIDORA DE PAPELERIA ARTE Y DIBUJO ADELANTE, C.A., ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión-
SEGUNDO: En consecuencia se condena a la parte demandada a cancelar a la parte actora los siguientes conceptos: Antigüedad y la antigüedad adicional, vacaciones, vacaciones fraccionadas, bono vacacional, utilidades, comisiones pendientes por cobrar, dichos montos serán calculados por una experticia complementaria del fallo a realizarse por un único experto designado por el Tribunal al que corresponda la ejecución, conforme lo prevé el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y cuyos términos se establecerán en la parte motiva de este fallo, siendo que el patrono deberá suministrar a dicho experto los recibos o documentos que se requieran.
TERCERO: Se ordena la indexación de la cantidad condenada a pagar que resulte de la experticia complementaria.....
Juez/Ponente:
Arianna Gomez
Organo:
Juzgado Segundo De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo