PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos WILFREDO EFRAIN AREVALO LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.237.992 y MANUEL MARIA DUNO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.565.487 contra la Entidad de Trabajo TRANSPORTE LATIGO DE MURIEL C.A. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar al ciudadano WILFREDO EFRAIN AREVALO LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.237.992 la cantidad de QUINCE MIL OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 15.086,32) y al ciudadano MANUEL MARIA DUNO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.565.487, se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs.17.424,04) por concepto de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo, indicado en la parte motiva de la presente decisión, además de lo que arroje la experticia complementaria ordenada en el present.....