En relación a las observaciones y razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Reponer la presente causa, al estado de que una vez conste en autos la citación perfectamente practicada de los ciudadanos ROSA AGUILERA, EDGAR RONDON, JOSE LUIS RODRIGUEZ, PABLO FUENTES, CAROLINA RODRIGUEZ y MILDRED ASTUDILLO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 10.303.111, 15.814.767, 11.341.960, 4.677.082, 15.933.791 y 12.966.699 respectivamente, con domicilio en el Municipio Piar del estado Monagas, a quienes se les ordenó librar cartel de emplazamiento, el cual se encuentra ya consignado, f