Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de los Ciudadanos y Ciudadanas, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio efectuada por los ciudadanos VICTOR MANUEL MARTINEZ APONTE y YANINA LORETO PEREZ, antes identificados y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 21 de diciembre de 1990, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, bajo el Acta Nº 248, año 1990, de los Libros llevado por la anterior Prefectura del Municipio Zamora del Estado Aragua, actualmente el Registro civil del Municipio Zamora del Estado Aragua.-