IV
Dispositiva
En merito de las razones de hecho y de derecho que preceden expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. Anibal Marcano Casanova, en su condición de defensor privado el imputado Adolescente (Identidad omitida), en el proceso penal contenido en el Asunto Principal signado con el alfanumérico NP01-D-2009-000113, instaurado en SU CONTRA, en consecuencia, se niega cualquier petitorio contenido en el recurso.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia impugnada, en los términos expresados en esta decisión. Notifíquese, publíquese, bájese la causa al Tribunal de origen.
Dada, firmada, refrendada y sellada en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en Maturín, a los doce (12) días d.....