Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana DELCY MARGARITA PEÑALOZA AGUILAR venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-2.813.177 y de este domicilio, contra los herederos conocidos y desconocidos del difunto JUAN BAUTISTA PEREZ RODRIGUEZ, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-2.959.780, en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo, relación de hecho que se tiene por cierta desde el mes de febrero de 1.975 hasta el día 02 de abril de 2.008.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza de la pretensión (no pecuniaria).
TERCERO: Quedan a sal.....