Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN, en el juicio que por Cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoada el ciudadano CHRISTIAN JOSÈ MALCANGI PROIETTI, cédula de identidad Nº V-13.308.663, en contra de la entidad de trabajo: ATZ ALEKELEO DE VENEZUELA C.A. (antes ALEKELEO DE VENEZUELA C.A.) y en forma personal ANA PAULA VANANCIA VIEIRA DE ALMEIDA, ANA KELLY ALMEIDA VIEIRA, LEONARDO JOSÉ ALMEIDA VIEIRA y ALEXANDER JOSÉ ALMEIDA VIEIRA, cédula de identidad NºV-4.054.812, NºV-12.416.408, NºV-12.880.312 y NºV-12.159.133, respectivamente. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, este Tribunal ordenará a la parte Demandan.....