En vista de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR La solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de la ciudadana FRANCELINA DEL VALLE VILLARROEL DE BERRA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 501 del Código Civil y lo pautado en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, y previo los trámites de Ley, se ordena al ciudadano Registrador Civil del Municipio Acosta del Estado Monagas y al Ciudadano Registrador Principal del mismo Estado, rectifique la Partida de Nacimiento de la ciudadana FRANCELINA DEL VALLE VILLARROEL DE BERRA, inserta en los Libros de la Prefectura del Distrito Acosta, del Estado Monagas, para ese momento, bajo el Acta Nº 241, Folio 121, Libro 1 de.....