este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con los artículos 8 y 364 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 267 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL PARA COMPRAR, presentada por la ciudadana GRETTY CATALINA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-5.536.962, actuando en representación de su hija, la adolescente (Se omiten sus datos de identificación de conformidad con el artículo 65 LOPNNA)d, debidamente asistida por la ciudadana CARMEN DIANORA DIAZ CHACÍN, abogada en ejercicio, inscrita en el.....