IV. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA, en el Recurso de Invalidación interpuesto por el ciudadano RENE GUILLERMO RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V-5.267.716, asistido por el Abogado TOMAS C. LUGO V., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 96.129, en contra de la decisión dictada por este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha 09 de marzo de 2006, de conformidad a lo establecido en el ordinal 1° del artículo 267 del código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad a lo señalado en el artículo 283 del Código de Pr.....