DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LAS CUESTIONES PREVIAS opuestas de conformidad con lo establecido en los ordinales 6, 7 y 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, y CON LUGAR la demanda por la demanda por DESALOJO incoada por el abogado JUAN CARLOS DOMINGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 40.507, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CRUZ MARIA HERNANDEZ DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.992.323, en contra de la ciudadana BLANCA FLOR RODRIGUEZ DE TABLANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.138.553.
Consecuencialmente, se DECLARA RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO celebrado entre las partes el 25 de abril d.....