Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos EUDY ENRIQUE ENCISO e YSBELIDA GARCÍA ARIAS, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 17 de Abril de 1.996, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada, bajo el N° 304, 2° Tomo, año 1.993, de los libros de matrimonios que anteriormente eran llevados por ante la antigua Prefectura Joaquín Crespo del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua, hoy Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua.