Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, toma la siguiente determinación: PRIMERO: SIN LUGAR, la pretensión de nulidad interpuesta por las ciudadanas abogadas GLENDA DE LOS RIOS, TYHANI CASARES y LUCINDO PEREZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 41.269, 79.548 y 101.507, respectivamente, actuando con el carácter de Sindica Procuradora y Apoderadas Judiciales del Municipio Sucre del Estado Aragua, contra la Providencia Administrativa Nº 00452-14 de fecha 11 de junio de 2014, emanada la de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro, Camatagua con Sede en la ciudad de Cagua del estado Aragua, bajo Nº de expediente 009-2014-01-00039 (Nomenclatura de la Inspectoría), que declaró: Con Lugar el procedimiento de reen.....