Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la decisión de fecha 03/05/2017, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos GREGORI DÍAZ, JOSÉ RODRÍGUEZ, BERNARDO LEÓN y NELSON GUERRERO, ya identificados, en contra de UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, a cancelar a los demandantes, las cantidades determinadas en la motiva del presente fallo. TERCERO: Se acuerda los intereses gener.....