-CAPITULO III: DE LA DISPOSITIVA-
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Tovar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en el Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio Individual por Desafecto, presentada por la ciudadana: SABINA GUTT GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.120.748, contra el ciudadano JUAN IBAÑEZ BANDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.357.027, respectivamente, quedando así en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL existente entre ellos desde el día veintiséis (26) de Octubre del año mil novecientos noventa y dos (1992), según se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio N°18, Folio N°174-175, efectuado por ante la Prefectura del Municipio Tovar del estado Aragua.
En caso de existir bi.....