III
Este Tribunal Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentada por el ciudadano SEVERIANO GARCÍA, antes identificado, y ORDENA en forma sumaria Rectificación del Acta de Nacimiento signada con el Nº 26, Folio 17, Tomo "U" del año 1942, asentada en los Libros de Nacimiento llevados por la Oficina de Registro Civil Municipio Choroní del Estado Aragua, de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, por lo que donde dice "FLOR MARÍA GARCÍA" debe decir, "FLOR GARCÍA". En consecuencia se ordena oficiar al Registro Civil del Municipio Choroní del Estado Aragua, a fin de que estampe la debida nota marginal correspondiente en el acta antes mencionada. De igual manera se ordena al Registro Princ.....