DISPOSITIVA.
Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos NIXON ENRIQUE NAVA HERNANDEZ y GILDA CAROLINA CORRO TOVAR, En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante la Prefectura del Municipio Libertador, Palo Negro, Estado Aragua, en fecha 23 de Julio de 1.981, según se evidencia de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 107, folio N° (68) frente, del Año 1.981 de los libros de matrimonios llevados en la Prefectura del Municipio Libertador, Palo Negro, Estado Aragua.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia en el archivo del Tribunal.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Mar.....