Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la defensa perentoria de fondo consistente en la falta de interés de la parte actora para sostener el presente juicio, SEGUNDO: SIN LUGAR LA ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoada por la ciudadana LIGIA CARIDAD ZARRAMERA MARACARA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.052.373, debidamente asistida por el Abogado JOSE VENTURA BLANCO, Inpreabogado Nro. 101.183, contra el ciudadano JOSE RAFAEL CARBALLO CABRILES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.885.071 y TERCERO: Por no haber vencimiento total, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, no hay con.....