éste Tribunal Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los Ciudadanos: YUBISAY JOSEFINA CASTELLANO AGUIAR y GERSON MORA RIVERA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nros. V-12.392.974 Y V-11.670.350 respectivamente, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Distrito Capital, en fecha 29 de mayo de 1993, según acta de matrimonio N° 111, folio 111, año 1993, conforme se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio que corre inserta al Folio (5 y Vto.) del expediente.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del pre.....