V. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial ut supra señaladas, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la RECUSACIÓN planteada por la ciudadana Gloria Marina Carcia de Parra, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.844.239, en su condición de parte demandada en el juicio por irregularidades mercantiles, debidamente representada por el abogado Jaime Jesús Bernal Rodríguez, Inpreabogado N° 75.820, contra la abogada Yris Jacqueline Vásquez Alcalá, Jueza Provisoria del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, seguido en el expediente Nro. T-2-INST-50.078 (nomenclatura interna de ese Tribunal), señalándose igualmente que esta debe se.....