IV
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. INADMISIBLE la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano JONNER RAFAEL LARA ACEVEDO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.856.572, asistido por el abogado Narciso Rafael Lara, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 68.197, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO PLAZA DEL ESTADO MIRANDA, por haber operado la caducidad de la acción.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, a los quince (15) días del mes de enero del año dos mil quince (2015). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.-
El Juez Temporal
DANIEL DAVID FERNÁNDEZ .....