Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PRIMERO: CONFESA A LA DEMANDADA y en consecuencia PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoaran las ciudadanas ZULAY DEL VALLE MAZZOLINI y ODALIS DEL VALLE PEREZ, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES LIGADITO C.A.,, ambas partes plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se ordena cancelar a la parte actora la cantidad de CIENTO TREINTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS ( Bs. 130.635,64), correspondiéndole a cada una de las partes actoras la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES CON OCHENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 65.317,82) . TERCERO: Se ordena la experticia complementaria del fallo a los fines de calcular los int.....