III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: FIRME EL DECRETO INTIMATORIO, el cual contiene las sumas intimadas por el actor en el libelo, las cuales se señalan a continuación: PRIMERO: TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 3.900.000,00), por concepto de capital de la letra de cambio signada con el Número 1/1, librada en esta ciudad de Caracas, el quince (15) de Febrero de dos mil cinco (2005), para ser pagada sin aviso y sin protesto el quince (15) de Febrero de dos mil siete (2007) por el demandado; SEGUNDO: SETECIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 780.000,00) por concepto de costas, calculadas prudencialmente por el Tribunal en bas.....