Vistas las actuaciones que anteceden, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana María Anastacia Dávila Sánchez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-5.124.029, sobre las bienhechurías construidas en un terreno de su propiedad con una superficie de Doscientos Cuarenta y Tres metros cuadrados con Cuatro centímetros (243,04 mts), distinguido con el número de catastro 01-01-07-U01-006-007-057-000-000-000, ubicado en la Carretera El Junquito, Kilómetro Catorce (14) de la Hacienda Agua Negra o Sanguino, Parroquia El Junquito, Municipio Libertador del Distrito Capital, constituida por una Casa de Dos Niveles, distribuido de la siguiente manera: Planta Baja: Dos Habitaciones (02) habitaciones, puertas de madera, una (01) ventana con protector y panorámica, dos (02) baños, sala-comedor, cocin.....