éste Tribunal de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA al y al Registrador Principal del Estado Monagas, hacer la debida nota marginal en el ACTA DE NACIMIENTO, en cuestión colocando en la misma, que el nombre correcto del ciudadano DAGOBERTO DEL JESUS y no DAGOBERTO, como fue erróneamente colocado en dicha acta, es decir el nombre completo de la solicitante que se escriba así: DAGOBERTO DEL JESUS.
Expídanse por secretaría las copias certificadas de la solicitud y de esta sentencia y las que fueren menester a las interesadas y envíense las necesarias a las autoridades civiles competentes, a los fines legales consiguientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Maturín, a los quince días del mes de junio del dos mil quinc.....