D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: homologado el convenimiento por motivo de la Revisión del Aumento de la Obligación de Manutención habido entre la Abogada Carmen Elena González Román, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano JUAN ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.611.326, y la ciudadana YOHANA CABRERA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.680.592, en su carácter de padres de las adolescentes (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITEN DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de conformidad con lo establecido en los artículos 384, 369, 372 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes.--------
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