Por las razones de hecho y de derecho que preceden expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación planteado por el solicitante PEDRO ABELARDO CARPINTERO, titular de la cédula de identidad Nº V-9.894.319, debidamente asistido por el Profesional del Derecho LUIS RIVAS MOROCOIMA, contra la decisión dictada en fecha 24/11/2009, por el Tribunal de Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, otrora a cargo de la Jueza Ana Florinda Alen Guatarama, mediante la cual ese Tribunal, negó la solicitud formulada por el aludido ciudadano de que le sea entregado el vehículo MARCA: CHEVROLET, MODELO: MALIBU, COLOR: MARRON, PLACA: EI333T, AÑO: 1983, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, USO: TAXI, SERIAL DE CARROCERÍA: D1W69AEV16770, SERIAL DE MOTOR: 6 CIL., en los término.....