Es por las razones anteriormente expuestas, que este Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los 20 días del mes de Noviembre de 2006. Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
LA JUEZ
DRA. MARIA ELENA BRAVO RICO
EL SECRETARIO,
ABG. ARTURO LUIS CALDERON
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:00 a.m.
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