Por las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Autónomo San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la pretensión contenida en la demanda de DAÑO MORAL incoada por el ciudadano FRANCISCO JOSÉ MACHADO CASTRO, venezolano, soltero, mayor de edad, civilmente hábil, domiciliado en Calle Luís Roberto Casado, Nº 9, San Casimiro, estado Aragua y titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.732.630, contra la ciudadana JEANNETT JOSEFINA RENGIFO DE GAMARRA venezolana, casada, mayor de edad, domiciliada en Calle Bolívar, Nº 29, San Casimiro, estado Aragua y titular de la cédula de identidad Nº 7.296.217.
SEGUNDO: Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio.-
Publí.....