D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos; PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abg. YELITZA ACACIO CARMONA, en su carácter de Fiscal Décima Quinta (P) del Ministerio Público del Estado Aragua, contra la decisión dictada en Audiencia Especial de Presentación, celebrada en fecha 04-05-2006, por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, mediante el cual acordó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el articulo 256 Numerales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado RAMÍREZ MORENO DANIEL ARGENIS. SEGUNDO: SE RATIFICA la decisión recurrida; pero en los términos aquí expuestos.
Regístrese, diarícese, notifíquese, déjese copia y remítase la presente causa .....