Por las razones antes expuestas este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR LA PÉRDIDA DEL INTERÉS en la tramitación del Interdicto de amparo interpuesto por la ciudadana MARÍA CAROLA ARIAS MORALES, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. E-81.962.353, domiciliada en la antigua Hacienda "El Naranjal", Rosario de Paya, calle 3, casa N° 7, Municipio Mariño, estado Aragua, contra el ciudadano ALEX ENRIQUE BRAVO MORALES, mayor de edad, de este domicilio.
No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Maracay, a los dieciséis (16) días del mes de junio de dos mil once (2011). Años 201° y 152°.-
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