Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos DANIEL ENRIQUE SALAZAR MEZA y CANDIDA ROSA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.086.410 y V-8.144.126, respectivamente, el día "01 de noviembre de 1.988", por ante la Primera Autoridad del Municipio Crespo, Distrito Girardot, hoy Municipio Girardot del Estado Aragua, según Acta de Matrimonio signada con el Nº 1335.
En cuanto a los bienes pertenecientes a la comunidad conyugal, el Tribunal ordena proceder a la partición y liquidación conforme al procedimiento pautado en la Ley Adjetiva Civil.