Por lo tanto, éste Tribunal Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los Ciudadanos OSCAR EMILIO CARRERO CONTRERAS Y THAMARA COROMOTO GUEVARA FERMIN, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad Nro. 4.549.896 Y 7.114.128, respectivamente y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la PREFECTURA DE LA PARROQUIA CIUDAD ALIANZA, MUNICIPIO GUACARA DEL ESTADO CARABOBO, según acta de matrimonio N° 061, FOLIO 61, de fecha 23 de Julio de 1993. Ofíciese lo conducente a la PREFECTURA DE LA PARROQUIA CIUDAD ALIANZA, MUNICIPIO GUACARA DEL ESTADO CARABOBO del Estado Aragua y al Registro Principal a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.
Publíquese, Regí.....